Responsabilidad Fiscal: cómo serán los premios y castigos para los municipios

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A partir del 1° de enero próximo los municipios bonaerenses no podrán endeudarse ni recibir ayuda económica de Nación o Provincia si no cumplen una serie de metas fiscales e impositivas que serán monitoreadas por el Gobierno provincial, que a su vez impulsará un nuevo “pacto impositivo” entre las comunas para evitar disparidades en el cobro de tasas.

Así lo dispone la nueva Ley de Responsabilidad Fiscal Municipal, aprobada en la última sesión por la Legislatura junto con el Presupuesto y la Ley Impositiva para 2018. Si bien la adhesión a la norma es optativa y debe ser refrendada por los concejos deliberantes, el precio de no firmar será alto para los intendentes, ya que les cierra el acceso a nuevos créditos (para salir al mercado financiero necesitan la autorización de la Provincia) y les bloquea la posibilidad de recibir “asistencia financiera provincial y/o nacional”, expresada principalmente a través de adelantos de Coparticipación o Aportes del Tesoro Nacional (ATN), herramientas a las que suelen apelar para salir de apuros financieros, como la escasez de recursos para pagar salarios.

Según publicó hoy Diario Extra que edita Agencia DIB, la norma, ideada por la gobernadora María Eugenia Vidal y su Ministro de Economía, Hernán Lacunza, comparte metas con el pacto fiscal que el Gobierno nacional busca cerrar con las provincias: eliminación del déficit, reducción de contrataciones de personal y armonización de los sistemas impositivos locales entre sí y con la Provincia.

La nueva ley, que entrará en vigencia a principios del año que viene, limita el aumento de los gastos corrientes al índice de inflación difundido por el Indec para aquellas comunas que en el ejercicio anterior hayan presentado déficit. En tanto, propone que a partir de 2020 el tope quede atado a la evolución del Producto Bruto Geográfico (PBG). También impone una cláusula para impedir que los intendentes aumenten gastos de forma permanente en los últimos seis meses de gestión, de modo de evitar “herencias” indeseadas para los sucesores.

En otro orden, la ley dispone que la contratación de nuevo personal (tanto en planta permanente, temporaria y contratada) no supere el crecimiento poblacional, tomando como base la situación al 31 de diciembre de 2017. Solo habrá excepciones cuando se transfieran servicios a las comunas o se incorporen funciones en reemplazo del sector privado.

Finalmente, también limita la toma de deuda, al prohibir que los servicios por el pago de intereses de las mismas no superen el 10% de los recursos corrientes previstos para cada año.

Pacto impositivo

La ley aprobada ayer por la Legislatura impulsa la suscripción de convenios interjurisdiccionales “tendientes a homogeneizar y armonizar las bases imponibles y alícuotas” de las principales tasas municipales: Seguridad e Higiene; Alumbrado, Barrido y Limpieza; y Red Vial.

Para ello, la norma habilita al Consejo Provincial de Coordinación Presupuestaria y Fiscal Municipal a elaborar una suerte de “pacto fiscal” entre los municipios y la Provincia para equilibrar el cobro de tasas evitando disparidades y dobles imposiciones, que impactan principalmente en el sector productivo.

Así lo expresó el ministro de Economía, Hernán Lacunza, en una entrevista publicada por DIB en octubre: “debemos ir reduciendo la carga de tasas por servicios de los municipios, que han aumentado mucho en un esquema provincial que era el ‘sálvese quien pueda’. Eso llevó a un esquema anárquico que tenemos hoy en día, donde a veces cruzando una calle se puede pagar el doble o la mitad porque la alícuotas está determinadas de una manera bastante arbitraria”, dijo entonces. “Eso termino configurando un mapa bastante agresivo respeto del sector privado en la obtención de recursos”, completó.

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En otros puntos, la nueva ley obliga a los municipios a que acompañen sus proyectos de presupuesto con información más detallada sobre proyecciones de recursos y gastos, el stock de deuda municipal y la descripción de las políticas presupuestarias que sustentan esas previsiones.

Además, establece que las ordenanzas de presupuesto deberán ser publicadas en las páginas web oficiales, así como también se exige una actualización cada tres meses de la ejecución presupuestaria.

Los presupuestos municipales deberán ser elaborados teniendo en cuenta un “marco macrofiscal”, que contemplará entre otras cosas las proyecciones de recursos que le girará a las comunas.

También deberá presentar una proyección plurianual para el trienio siguiente, con proyecciones de recursos por rubros; de gastos por finalidades, funciones y por naturaleza económica; el stock de deuda pública y perfil de vencimientos de la misma; y la descripción de la políticas presupuestarias que sustentan las proyecciones y los resultados económicos y financieros previstos.

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