Reforma del Código Penal: los agresores sexuales no tendrán derecho a la libertad condicional

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El camarista Mariano Borinsky, quien preside la Comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal, ratificó que «los agresores sexuales no podrán acceder al derecho de la libertad condicional. La limitación también se hace extensiva a los casos de reincidencia, de secuestro extorsivo y de homicidio».

Así lo acordaron sus integrantes durante la reunión de trabajo mantenida este miércoles en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, donde se avanzó en el título de las penas que incluyó el debate sobre su cumplimiento efectivo, las multas y la inhabilitación.

La Comisión también estableció, para el caso de los agresores sexuales, la aplicación de un «seguimiento sociojudicial» una vez cumplida la condena, consistente en medidas de vigilancia y asistencia para prevenir nuevos delitos. El «seguimiento sociojudicial» establece que las medidas para este propósito son las obligaciones que puede ordenar un tribunal, en virtud de las cuales se obliga al condenado a que, una vez recupere su libertad por el cumplimiento de la pena de prisión que se le impuso, se sujete a controles de vigilancia o asistencia, bajo la inspección o control del juez de la ejecución de la pena.

La rigurosidad sobre el cumplimiento total de la pena fue otro de los puntos en el cual se puso especial énfasis, con el objetivo de que quede plasmado en el anteproyecto.

Asimismo, en el caso de las multas se estipuló su actualización conforme al salario mínimo vital y móvil y se profundizó sobre la importancia de que se efectivice su cumplimiento. La inhabilitación fue otra de las penas observadas por los expertos.

La Comisión, que mantiene reuniones periódicas en el Ministerio, también concretó distintos encuentros con ONG, legisladores, expertos y profesionales para garantizar la participación de toda la comunidad y así avanzar en la reforma y actualización del Código Penal.

Trabaja siguiendo recomendaciones de organismos internacionales y de obligaciones asumidas por el Estado argentino plasmadas en convenciones y avanza revisando legislación comparada. En la misma línea, toma en cuenta la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para más información, se encuentra abierto un canal de diálogo con la sociedad a través de la plataforma Justicia 2020.

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