Tentativa de Homicidio Calificado: Doce años de prisión efectiva para Esteban Serenelli

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Por unanimidad, los jueces del tribunal Oral Criminal 1 de Junín condenaron a Esteban Luis Serenelli (alias El Bombero) a la pena de doce años de prisión por encontrarlo autor  penalmente responsable de la comisión de los delitos de «Tentativa de homicidio doblemente calificado: por haber mantenido el autor con la víctima una relación de pareja y por ser el autor hombre y la víctima, una mujer, habiendo mediado violencia de género, amenazas y daño, en concurso real.

Los hechos ocurrieron el entre el 14 y 16 de abril y el 2 de agosto.

El texto de la sentencia condena a Esteban Luis Serenelli » a la pena única de doce años y seis meses de prisión, inhabilitación absoluta por el mismo término de la condena, accesorias legales y costas,  comprensiva de la pena impuesta por sentencia dictada por este Tribunal Oral en lo Criminal N°1 Departamental. en las presentes actuaciones; por medio de la cual se decide condenar al nombrado a la pena de doce años de prisión de efectivo cumplimiento y costas; y de la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional y costas, impuestas por sentencia dictada en fecha 10/06/2015, mediante el procedimiento especial de juicio abreviado, por parte del Juzgado de Gtías N°3 Deptal. en el marco de la I.P.P N° 3096-15, en virtud del hecho ocurrido el día 23/04/2015 en la ciudad de Junín; por la cual Serenelli fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de Amenazas y Desobediencia en concurso ideal en concurso ideal, en los términos de los arts. 239, 149 bis y 54 del C.P.) a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, con el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas por el término de dos años cuya condicionalidad de ésta última condena se revoca al cumplirse la condición (comisión de nuevo delito) dentro del término establecido por el art. 27- primer párrafo- del C.P.- (arts.12, 27 y 58 del C.P. y 18 del C.P.P)».

Asimismo, dado el contenido del informe psicológico-psiquiátrico luciente y en consideración de la estructura y rasgos de la personalidad del encausado Serenelli, los que -a criterio de profesionales de la Asesoría Pericial Departamental- resultan potenciales generadores de desajustes conductuales, los que podrían acentuarse bajo el efecto de sustancias tóxicas; se impone la inmediata implementación de un tratamiento psicoterapéutico al encausado Esteban Luis Serenelli, en el lugar actual de detención, ello con la finalidad de abordar su personalidad de base, su problemática de consumo de sustancias prohibidas y sus patrones conductuales vinculados a la violencia de género; que ha sido materia del presente pronunciamiento, todo ello con la clara finalidad de reducir la potencialidad lesiva de futuras conductas. Sin perjuicio de la firmeza del presente decisorio, a los fines de la instrumentación del tratamiento referido, ofíciese a la Dirección Provincial de Salud Penitenciaria y a la Dirección General de Asistencia y Tratamiento del Servicio Penitenciario Bonaerense.

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