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Javier Milei ha proporcionado un análisis detallado sobre el aguinaldo para los jubilados de ANSES

En el próximo mes de junio, los jubilados y pensionados en Argentina recibirán la primera cuota del aguinaldo

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Esta suma, equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador durante el semestre, se paga en dos partes: la primera en junio y la segunda en diciembre. Aunque la fecha límite para el primer pago es el 30 de junio, algunos empleadores pueden optar por abonarlo antes.

Según la Ley 24.467 de 1995, las pequeñas empresas tienen la opción de fraccionar el pago del aguinaldo en hasta tres períodos anuales, mediante convenios colectivos de trabajo. Este sistema de pago puede observarse en el Convenio Colectivo 389/2004, aplicable a trabajadores del sector gastronómico, donde el aguinaldo puede distribuirse en tres cuatrimestres. Los empleadores deben anunciar su elección de sistema de pago durante el primer trimestre de cada año.

El cálculo del aguinaldo proporcional se basa en la mitad del mejor salario mensual percibido durante el semestre, dividido entre seis y multiplicado por los meses trabajados. Por ejemplo, un trabajador con un salario mensual de $300,000 que ha trabajado cinco meses recibirá un aguinaldo proporcional de $62,500.

Los jubilados y pensionados también recibirán su aguinaldo. Con el ajuste de la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que incrementa los haberes según la inflación, los jubilados recibirán un 8.8% adicional en junio. Por lo tanto, el aguinaldo para los jubilados de la mínima será de $103,436.

El paquete fiscal propuesto por el Ejecutivo, pendiente de aprobación en el Congreso, podría afectar el aguinaldo respecto al Impuesto a las Ganancias. Actualmente, el aguinaldo está exento de este impuesto, pero la nueva legislación eliminaría esta exención, aunque establecería una deducción especial mitigando así su impacto. Este cambio legislativo, de aprobarse, entraría en vigencia para los pagos de aguinaldo correspondientes al año 2024, reconfigurando la estructura fiscal del Sueldo Anual Complementario.

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