La AFIP está atenta a tus consumos con tarjeta de crédito y débito, y ha establecido nuevos umbrales a partir de los cuales se activan ciertas obligaciones fiscales

Economía

Según la reciente comunicación del ente recaudador, basada en la variación anual del IPC, se exime del régimen de retención de IVA y Ganancias en sistemas de tarjetas de crédito y compra cuando el monto a retener sea igual o inferior a 6.000 pesos, aumentando desde los 2.000 pesos anteriores

Para el régimen de percepción de IVA en operaciones de granos y legumbres secas, el umbral se ha ajustado a 11.500 pesos, reemplazando el monto anterior de 3.800 pesos. Asimismo, en el régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes, se debe informar solo por operaciones iguales o superiores a 95.000 pesos mensuales.

Estos cambios, vigentes desde el 1 de mayo de 2024, tienen como objetivo mantener la representatividad objetiva de la actividad económica afectada. Además, la AFIP ha adaptado sus normas para incluir nuevas operaciones bajo el Impuesto PAIS, en línea con el reciente Decreto N° 385/24, que amplía el tributo para giros de utilidades y dividendos, así como para suscripciones a los Bopreal.

 

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