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Monotributistas: ¿hasta cuándo tendrán tiempo de recategorizarse?

La AFIP aclara que las obligaciones de pago derivadas de esta recategorización tendrán efectos para el período entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2024

Economía

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga el plazo para la recategorización del Monotributo hasta el lunes 5 de febrero de 2024. La Resolución General 5480/2024, firmada por la titular Florencia Misrahi, establece que las obligaciones de pago resultantes tendrán efectos entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2024.

Para evaluar la necesidad de recategorización, se deben considerar los últimos 12 meses en relación con la facturación u otros parámetros como superficie afectada, alquileres o consumo de energía. Los monotributistas que mantengan la misma categoría no requieren acción. El procedimiento para la recategorización incluye pasos detallados en el sitio de AFIP, y las nuevas escalas y cuotas aplican a partir de enero de 2024.

 

Pasos para realizar la recategorización en el Monotributo:

  1. Accede al sitio de AFIP e introduce tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.
  2. Una vez dentro, selecciona la opción de recategorización presionando el botón «Recategorizarme».
  3. El sistema mostrará tu categoría actual y los límites de cada parámetro. Se recomienda revisar las categorías vigentes antes de continuar para confirmar la nueva categoría. Haz clic en «Escalas vigentes» y luego en «Continuar recategorización».
  4. Ingresa el monto facturado en los últimos 12 meses. En caso de tener o utilizar un local, elige la opción correspondiente. Si la respuesta es «No», haz clic en «Continuar».
  5. Completa los datos relacionados con tu actividad que solicita el sistema para determinar tu nueva categoría.
  6. El sistema mostrará la categoría asignada según los datos proporcionados. Verifica la información antes de aceptar la validación. En caso de errores, haz clic en «Volver» para corregirlos. Si los datos son correctos, confirma la categoría.
  7. El sistema confirmará que la transacción se realizó correctamente, y podrás imprimir tu nueva credencial.

Información sobre las escalas y cuotas a partir de enero de 2024:

  • Categoría A: Tope anual de facturación de $2.108.288,22. La cuota es de $12.128,39.
  • Categoría B: Tope anual de facturación de $3.133.941,71. La cuota es de $13.571,75.
  • Categoría C: Tope anual de facturación de $4.387.518,35. La cuota es de $15.241,42.
  • Categoría D: Tope anual de facturación de $5.449.094,70. La cuota es de $19.066,46.
  • Categoría E: Tope anual de facturación de $6.416.528,89. La cuota es de $24.526,43.
  • Categorías F: Tope anual de facturación de $8.020.661,11. La cuota es de $29.223,11.
  • Categoría G: Tope anual de facturación de $9.624.793,31. La cuota es de $33.439,61.
  • Categoría H: Tope anual de facturación de $11.916.410,77. La cuota es de $56.402,68.
  • Categoría I: Tope anual de facturación de $13.337.213,57. La cuota es de $81.121,96.
  • Categoría J: Tope anual de facturación de $15.285.088,45. La cuota es de $93.619,47.
  • Categoría K: Tope anual de facturación [sin información proporcionada].
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