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PREOCUPACION EMPRESARIA

Comercio e Industria de Junín rechaza la modificación del Artículo 48 de la Ley 11.653 que propone la suba de indemnizaciones por despidos

Alertan que peligran las pymes bonaerenses. «Sería, entonces, sumar un golpe más a la profunda crisis que vienen soportando las pymes de la provincia de Buenos Aires”, expresó Marianela Mucciolo, vicepresidenta a cargo de la presidencia de la entidad empresaria juninense.

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La Sociedad Comercio e Industria de Junín (SCIJ) rechazó el proyecto de suba de indemnizaciones por despidos que continúa avanzando en el Senado y que entró en tratamiento en la comisión de Trabajo y Legislación Social de la cámara alta bonaerense.

“Como manifestó en un comunicado de prensa la Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires (FEBA), al cual adherimos, este proyecto de ley va en desmedro de la generación de empleo, perjudica de lleno la actividad y estabilidad de las empresas, en especial de las pymes bonaerenses. Sería, entonces, sumar un golpe más a la profunda crisis que vienen soportando las pymes de la provincia de Buenos Aires”, expresó Marianela Mucciolo, vicepresidenta a cargo de la presidencia de la SCIJ.

“De esta forma, la Sociedad Comercio e Industria de Junín manifiesta su rechazo a la modificación del Artículo 48 de la Ley 11.653 (que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados provincial), a partir de la cual cambiaría la fórmula para establecer las indemnizaciones laborales. Además de la comisión de Trabajo y Legislación Social, el proyecto tiene asignadas las comisiones de Legislación General y Asuntos Constitucionales, y Acuerdos de la Cámara Alta”, agregó Mucciolo.

Por su parte, Camilo Alberto Kahale, presidente de la Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires (FEBA), aseguró en el comunicado de prensa de FEBA: “Nosotros somos generadores de empleo genuino y estamos muy preocupados. Si se aprueba la modificación del Artículo 48 nos obliga a los empresarios a no tomar nuevos empleados y nos deja desamparados ante un eventual juicio laboral. Ya en la actualidad tenemos juicios cuyos montos se multiplicaron por cuarenta en el último período, es imposible hacerles frente, lo que termina sucediendo es la desintegración del sector pyme y un aumento de la desocupación”.

“No somos los únicos que estamos rechazando esta posible modificación del Artículo 48 de la Ley 11.653 sobre las indemnizaciones laborales. Muchas otras entidades y organismos de todo el sector empresarial manifestaron su acompañamiento”, concluyó Kahale.

ALCANCE DE LA MODIFICACION PROPUESTA

Se trata de una modificación de la forma en que se calculan los intereses en las sentencias por juicios laborales, a través de la modificación del artículo 48 de la ley 11.653 de Procedimiento Laboral.

El proyecto establece que el monto indemnizatorio por el que se condene al empleador se deberá actualizar según el CER + 6% anual. El cálculo de tiempo se deberá computar desde la fecha de cese de la relación laboral hasta el efectivo pago de la indemnización correspondiente.

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