Referentes de organismos públicos, incluida la Región Sanitaria III en la persona de su director, el doctor Jorge Herce, y de instituciones privadas de la salud fueron recibidos este jueves por el Jefe del Gobierno de Junín, Pablo Petrecca, para discutir y evaluar medidas de acción y prevención para sumar a las establecidas por los ministerios de Salud de Nación y Provincia, a través de sus respectivos protocolos.
La mesa de trabajo fue convocada por el intendente, con el objetivo de realizar un monitoreo permanente de la situación y analizar diferentes medidas a implementar. También se anunció que la línea telefónica 107 será el canal para que los vecinos llamen y puedan ser atendidos en caso de padecer síntomas, o bien si viajaron a países en los que circula el virus o estuvieron en contacto con personas afectadas por el virus.
Tras el encuentro, Petrecca señaló: «Desde que comenzó a darse esta situación en China, le solicité a nuestro secretario de Salud que trabajara en forma conjunta con las autoridades de Región Sanitaria III y del Hospital local para evaluar acciones que nos permitieran estar alertas y preparados. Ahora, a partir de la declaración de Pandemia realizada por la Organización Mundial de la Salud, creímos importante formalizar una mesa de trabajo con los actores públicos y privados de la salud de nivel local y regional».
«Lógicamente, instamos a respetar los protocolos emanados tanto desde Nación como de Provincia, pero, además, ya hemos llevado a cabo algunas acciones a nivel local como la habilitación del número telefónico 107. En este caso, hemos capacitado a todos sus operadores para que todos los vecinos que se comuniquen por este tema reciban el asesoramiento y las respuestas acordes porque, si bien no hay casos confirmados ni sospechosos en nuestra ciudad, creemos que es importante estar preparados y prevenir», agregó.
El Intendente también destacó que desde el SAME y la empresa Intermed destinaron una ambulancia exclusiva para la atención de casos sospechosos, con todas las medidas y herramientas necesarias y dijo: «Quiero agradecer el compromiso y el aporte a todos los actores que participaron activamente en esta reunión».
Por otro lado, Petrecca detalló algunas de las medidas que tomó el Gobierno de Junín a través del Decreto 532/2020 y dijo: «Además de habilitar la línea 107, decidimos suspender todo evento masivo organizado por el municipio, así como aquellos que requieran de la habilitación municipal. En esta línea, por supuesto, instamos a los privamos a tomar la misma medida».
Asimismo, anunció que quedarán suspendidos todos los eventos públicos y privados, así como los talleres municipales destinados a los adultos mayores, por tratarse de una población de riesgo.
«También vamos a establecer, desde nuestra secretaría de Salud, protocolos especiales para locales gastronómicos, comerciales, industrias y empresas de transporte urbano, relacionados con la higiene, las recomendaciones sanitarias y dde salud y la concientización del personal», agregó el intendente.
Por su parte, el Dr. Carlos Lombardi, por su parte, dijo: «Lo que vemos en el desarrollo de esta pandemia es que los adultos mayores, las personas mayores de 65 años, son el sector que presenta un mayor grado de vulnerabilidad. Esto no significa que haya que producir alguna acción de aislamiento de este sector, simplemente trabajar en lo preventivo, para disminuir el riesgo, en pos de preservar la salud de esta población».
«También quiero destacar la medida del 107, un número corto y al cual la totalidad de la población tiene acceso para informar posibles síntomas, ser atendidos y trasladados a un centro de salud, en caso de ser necesario. En este marco, hemos desarrollado una capacitación con todos los operadores de este número, para que sepan cómo actuar y guiar de manera correcta a los vecinos que se comuniquen», remarcó.
El titular de la cartera sanitaria del Gobierno de Junín recordó que «las acciones más importantes son las preventivas y tienen que ver con la higiene personal, como son un correcto lavado de manos con agua y jabón, también utilizando alcohol medicinal y la acción de cubrirse con el pliegue del codo y pañuelos descartables cuando tosemos o estornudamos y una correcta limpieza de las superficies que utilizamos diariamente. Por último, evitar llevarse las manos a la cara».
Para finalizar, Petrecca resaltó: «Desde esta mesa estaremos monitoreando la situación de manera permanente y atentos a las medidas que se vayan anunciando desde Nación y Provincia. Es importante que cada uno sea responsable, por ejemplo, si viajamos al exterior cumpliendo con el aislamiento que se recomienda. Desde el Municipio vamos a estar informando permanentemente sobre la situación y monitoreando desde esta mesa junto a todos los actores».
DECRETO N 532
Junín, 12 de marzo de 2020
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE JUNIN
D E C R E T A
Artículo 1°: Habilítase la línea telefónica 107(unocerosiete)afindeevacuar consultas referidas a la presencia de síntomas relacionados con el Coronavirurs (COVID-19).
Artículo 2°:Suspéndasehastaeldictadodeunnuevoactoadministrativo,todo evento masivo organizado por el Municipio de Junín.
Se podrá asimismo disponer del cierre de museos, centros culturales,ydemás espacios artísticos y recreativos de carácter municipal mientras se encuentre vigente la suspensión prevista en el pfo. anterior.
Artículo 3°: Suspéndase todo evento de actividad social, artística, cultural, recreativa, educativa y deportiva de participación masiva, que requieran habilitación, autorización o permiso municipal.
Las actividades y/oeventosqueseencuentrenprogramadosycuyasuspensión no resultare posible, deberán realizarse sin presencia depúblicoyaplicándose las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
Artículo 4°: Asimismo, suspéndanse todos los procedimientosadministrativos que se estén llevando adelante comoconsecuencia de los eventos y actividades mencionados en los artículos anteriores.
Artículo 5°: Suspéndanse todos los eventos públicos y privados y talleres municipales organizados por el área de Adultos Mayores del municipioa y aquellos que llevan a cabo los Centros y Asociaciones de Jubilados que reúnan personas en edad considerada de riesgo por las autoridades sanitarias.
Artículo 6°: Sugiérase la no realización de eventos privados y comerciales de alta concurrencia de personas.
Artículo 7°: A todo evento, instrúyase a la Secretaría de Salud a llevar a cabo todas las acciones que considere necesarias a los efectos de concientizar y prevenir a la población respecto de los alcances y efectos del Coronavirus (COVID 19)
Artículo 8°: Mediante la Secretaría de Salud establézcanse protocolos dirigidos a locales gastronomicos, comerciantes, industrias, empresas de transporte urbano de pasajeros, y todo otro rubro que la referida considere, relacionados higiene, recomendaciones sanitarias, de salud y concientización del personal.
Artículo 9°: Otórgase a los trabajadores y trabajadoras de la Municipalidad de Junín, con carácter excepcional, una licencia especial para quienes hayan ingresado a la República Argentina desde los países con casos confirmados de Coronavirus (COVID-19), según indicación de la autoridad sanitaria, a fin de que puedan permanecer en su hogares con el objeto de dar cumplimiento a las previsiones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 10°: La licencia establecida en el artículo precedente se hará efectiva desde que la persona que haya estado en países con casos confirmados de Coronavirus(COVID-19) hubiera ingresado a la República Argentina y por un lapso de catorce (14) días corridos y no afectará la percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que le correspondiere percibir a la persona trabajadora….
Artículo 11°: La licencia excepcional prevista en la presente disposición será de carácter extraordinaria por las causales y circunstancias anteriormente descriptas, no pudiéndose computar a ningún otro tipo de licencia establecida normativamente y que pudieran corresponder al uso y goce de la trabajadora o del trabajador.
ARTICULO 12°: Ampliense las partidas presupuestarias necesarias con el propósito de difundir en todos los medios masivos de comunicación, redes sociales y espacios publicitarios, las medidas preventivas para conocimiento de la comunidad.
ARTICULO 13°: Cúmplase y comuníquese a las distintas áreas del Municipio, trascríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno y archívese.
Coronavirus: Decreto del intendente, suspensión de todos los eventos municipales y ambulancia exclusiva para casos sospechosos
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