APAJ (Asociación de Productores Agropecuarios de Junín) y Federación Agraria Argentina presentaron al Concejo Deliberante un proyecto que propone fomentar la creación de consorcios camineros y de servicios rurales municipales, otorgando el carácter de persona jurídica de derecho público para ejecutar el servicio público en concordancia con los artículos 53º y 131º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires (L.O.M.).
En la iniciativa se indica que la cuestión de la reparación, mantenimiento y conservación vial rural ha hecho crisis en la Provincia de Buenos Aires tal pudo verificarse en el año 2015, especialmente en la red vial terciaria municipal y red vial secundaria provincial de tierra y en el informe de FADA (Fundación Agropecuaria para el Desarrollo Argentino) hecho público en abril de este año.
El proyecto impulsado fija como objetivo “fomentar la participación y autogestión por parte de los “usuarios” (fundamentos) bajo la inteligencia que proveerá, en el tema vial rural, a “mejorar la situación de los caminos rurales del partido de Junín, cuyo estado son francamente calamitoso”.
Esta iniciativa, orienta a integrar participativamente a los “usuarios contribuyentes”, como también destacar la acertada integración de la gestión vial con la sistematización hidráulica para drenaje de excedentes de aguas en superficie conducidos por zanjas colectoras, de los caminos rurales, a cursos naturales de aguas y canales hidráulicos porque, la solución de los caminos es el ordenamiento del drenaje hidráulico del agua del partido.
En la iniciativa se indica que «por las facultades, competencias y atribuciones que el proyecto diseña para los consorcios tal vez sería técnicamente más apropiado explorar alternativas y recurrir a la figura, prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades del “organismo descentralizado municipal” contemplado en los art.53º; 204º a 117º de la L.O.M., pues le otorga mayor dinámica, flexibilidad y adaptabilidad de gestión (administrativa-operativa), control, fiscalización tanto estatal como social en el marco de los objetivos4 del decreto PEN 434/2016 de Modernización del Estado que posibilite la participación activa de los usuarios contribuyentes del servicio público a través de la figura de “Consejo Asesor” o “Consejo Consultivo” y la práctica de “presupuesto participativo” y “control social” de la gestión y aplicación de recursos públicos afectados a la prestación de un servicio público».
A ello se suma la posibilidad de un mejor control y auditoría contable, económica, financiera, específicas, por parte del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, por unidad de gestión en el caso la prestación del servicio público municipal vial rural y ordenamiento hídrico.
DETALLES DEL PROYECTO:
1. ¿CÓMO SE FONDEA?
Tasa de Red Vial Rural
$64.000.000
Coparticipación Inmobiliario Rural – Ley 13010
$17.300.000
Control de marcas y señales
$3.200.000
Fondo Federal Solidario (Fondo Sojero)
$7.800.000
Alquiler banquinas
$120.000
TOTAL
$92.420.000
· Serán también fuente de recursos (afectados):
o Cualquier otra contribución, tasa, derecho o gravamen que imponga la Municipalidad con imputación al Consorcio Caminero.
o Los ingresos provenientes de multas, impuestas por la Municipalidad en ejercicio de su competencia material propia o delegada por la aplicación de la Ley de Faltas Agrarias, ley de faltas Municipales y decretos reglamentarios (ej.: por circular con exceso de carga, días de lluvia, etc.)
2. FINALIDAD DE LOS FONDOS
· Los fondos afectados serán aplicados a las erogaciones que, por todo concepto (remuneraciones del personal afectado a las obras y servicios de incumbencia; y respectivas cargas sociales, insumos, mantenimiento y renovación de equipos, etc.), se devenguen como consecuencia de la prestación de las obras y servicios respectivos.
· Se irán depositando en cuenta bancaria especial que se abrirá al efecto, a medida que se efectivicen los pagos en concepto de Tasa de Red Vial.
· El remanente, si lo hubiere, AL CIERRE DEL EJERCICIO será destinado a las finalidades que disponga el Consejo Asesor.
3. FORMATO LEGAL
· Creación de Consorcio Caminero y de Servicio Rurales municipales, para ejecutar el servicio público en concordancia con los artículos 53° y 131° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM).
· Formato legal bajo un ODM (organismo descentralizado municipal), sujeto a control, fiscalización tanto estatal como social en el marco de los objetivos del decreto PEN 434/2016 de Modernización del Estado que posibilite la participación activa de los usuarios contribuyentes del servicio público a través de la figura del “Consejo Asesor” o “Consejo Consultivo” y la práctica de “presupuesto participativo” y “control social” de la gestión y aplicación de recursos públicos afectados a la prestación de un servicio público.
· Y que para la disolución de dicho organismo, se necesite una mayoría especial en el Concejo Deliberante, y así, que no dependa de la voluntad del Intendente de turno.
4. PERSONAL
· La mejor opción es UOCRA, que el personal no pertenezca al gremio municipal. El Gremio de UOCRA tiene ventajas, como por ejemplo: si se queda sin trabajo no se indemniza, se puede tomar por días, es fácil liquidar horas extras.
5. MAQUINARIAS
· hacer un plan de traspaso (en Tandil fue en 3 años): DE LAS CUATRO QUE SE COMPRARON POR LO MENOS DOS. PORQUE UNA VINO POR UN SUBSIDIO DE AGROINDUSTRIA DE NACIÓN Y OTRA DE LAS COMPRADAS CON UN CRÉDITO QUE SE CANCELA CON LOS RECURSOS DE LA LEY 13.010.
· y no se puede retirar y afectar a otras cosas.
· y el ente puede reparar y renovar.
· los importes serán con afectación exclusiva a reparación y/o compra de máquinas viales (siendo hojas de arrastre con tractor más convenientes que motoniveladoras).
6. TRABAJAR POR ZONAS
· Las mismas pueden ser por cuarteles
7. CONSEJO ASESOR
· Con esas personas luego se armara la comisión directiva
· A saber:
o 2 consejeros por cuartel (titular y suplente)
o 1 por entidad rural
· 1 por la municipalidad (tener la oportunidad de que el mismo pueda renovarse todos los años)
· Establecer que las decisiones se toman según la importancia, mayoría simple o las 2 terceras partes según la relevancia del tema a tratar.
· El presidente no debe ser nunca el representante del Municipio.
8. EMPLEADOS
· Gerente técnico
· 1 Contador
· 1 Capataz
· Maquinistas
9. DIAGRAMA DE CUADRILLAS DE TRABAJO
· Para el cálculo de cuadrillas, no se puede asignar más de 150 km a cargo de cada cuadrilla.
· Cada cuadrilla tiene que ocuparse de su zona sin rotar.
(Fuente: APAJ)