Una denuncia por abuso, la rectificación en pleno debate oral, un juninense condenado a 11 años y seis meses de prisión, una apelación, la decisión de Casación para que se realice un segundo juicio, un nuevo debate oral la semana pasada y ahora a la espera de una nueva resolución judicial.
“Cuando era chica hice una denuncia contra una persona que hoy en día tendría que ser libre ya que esa denuncia fue falsa”
Podría ser la síntesis apretada de una historia que comenzó en Junín, el día que una menor de edad denunció a su padrastro por abuso y que desde entonces lo mantiene privado de la libertad y condenado a 11 años y seis meses de prisión.
Los hechos comienzan a tomar estado público cuando la víctima, aún hoy menor de edad aunque ya adolescente, a través de TikTok y en 20 segundos, cuenta la historia.
“Hace un ratito salí de tribunales… y yo cuando era chica hice una denuncia contra una persona que hoy en día tendría que ser libre ya que esa denuncia fue falsa y ahora estoy esperando que los jueces me escuchen y se hagan las cosas bien”.
La semana pasada se ventiló en el palacio de Tribunales, el segundo debate oral que se siguió a un juninense, en el marco de una causa por abuso sexual y del que resultara víctima una menor de edad.
Lo particular en esta oportunidad es que es el segundo juicio, celebrado por un mismo hecho e idéntico imputado.
La reiteración responde a una resolución de la Cámara de Casación, es decir, una segunda instancia, tras la apelación presentada por el asesor letrado del imputado.
Para entender lo ocurrido, habría que explicar que el inicio de la causa se dio a partir de la denuncia de una menor que daba cuenta de que había sido abusada por su padrastro, cuando tenía 13 años.
Avanzó la investigación hasta llegar al debate oral que presidió el Tribunal Oral Criminal 1 del Departamento Judicial Junín.
Durante el debate, la menor se rectificó, reconociendo que la denuncia no se ajustaba a la realidad de los hechos.
Más allá de lo sucedido durante el juicio, el TOC condenó a Walter Emmanuel Yeber Higuera, a la pena de 11 años y seis meses de prisión por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple calificado por la guarda y por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de edad, en reiteradas oportunidades, y abuso sexual con acceso carnal calificado por las mismas circunstancias, en concurso real.
Desde entonces, el imputado se encuentra privado de la libertad en la Unidad Penitenciaria 13, ubicada a la vera de la Ruta Nacional 188.
Mientras tanto, los asesores letrados del imputado, Dres. Sebastián Riglos y Florencia Durante, presentaron un recurso ante Casación.
La resolución recayó en la Sala Quinta del Tribunal de Casación Penal, y resolvieron los doctores Daniel Alfredo Carral y Mario Eduardo Kohan.
Entre los fundamentos de los abogados de Yeber, se afirma que la presunta víctima, en el juicio, se retractó de la denuncia que dio inicio a la investigación. Señalan que, en el momento en que se realizaban esas manifestaciones, la defensa de su asistido no esgrimió ningún comentario para rebatirlas.
Además, estiman que dichos actos imposibilitaron que el imputado ejerciera adecuadamente su derecho a defensa. En ese sentido, destacan que, ante la posibilidad de controvertir o efectuar una nueva estrategia defensiva eficiente ante los dichos de la víctima —los cuales resultaban desincriminantes—, se optó por continuar dejando que la Agente Fiscal siguiera construyendo la acusación.
Dicen que la joven incorporó nueva prueba al mencionar que su abusador no era el imputado, que había sufrido abusos en la escuela y que un sujeto llamado “Lucas” había mantenido relaciones con ella.
Opinan que la afirmación prácticamente pasó desapercibida por todos en la sala y no se realizó un examen profundo de lo que se estaba escuchando. Concluyen que el Estado no garantiza el derecho a contar con una defensa técnica solo con la designación de un abogado, sino con una asistencia real e idónea en la causa penal.
Mencionan que, no obstante todo ello, en el devenir del debate la propia víctima pretendió —sin éxito— fracturar su propio relato, hasta el momento creíble, respecto de los hechos de abuso sexual a los que había sido sometida.
Así fue que hizo referencia a otro episodio que, según relató, ocurrió en el baño de la escuela, donde un chico no identificado la obligó a mantener actos sexuales. Agregó que con ese chico “tuvo penetración antes de que la penetre Emmanuel”. Alegan que la joven se desdijo categóricamente de sus dichos iniciales, mientras que el Ministerio Público Fiscal y la defensa no profundizaron, llegando a una especie de acuerdo tácito sobre la pena.
Funda su postura en que se llevó adelante un debate en el cual se violaron principios básicos de defensa, donde el abogado defensor modificó su estrategia y adherió a la teoría del caso de la fiscalía, avalando la pretensión punitiva del Ministerio Público Fiscal.
La resolución de Casación
Los magistrados resolvieron hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa y anular el veredicto y la sentencia dictada.
Además, ordenaron reenviar las actuaciones para que jueces hábiles reediten los actos necesarios y se realice un nuevo juicio, recomendando que, para evitar revictimización, se utilicen declaraciones previas tomadas en Cámara Gesell y videograbaciones.
Un segundo debate
La semana pasada, ante un tribunal integrado por los doctores Marcos Cornaglia, Héctor Barbera y Pablo Mazze, se desarrolló el segundo debate oral, y ahora se espera una nueva resolución judicial.
En calidad de fiscal, actuó la Dra. Pamela Ricci (en el debate anterior, la Dra. Paola Luján), y como asesores letrados del imputado, los Dres. Florencia Duran y Sebastián Riglos.























