Como suele ocurrir en toda crisis y, lamentablemente, con mayor énfasis en nuestro país,
los avatares institucionales, políticos y económicos afectan en mayor medida a los
sectores más vulnerables.
Es por ello por lo que, en el contexto económico actual, las pequeñas y medianas
empresas se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad, de la cual nuestro sector
no resulta ajeno.
En los últimos tiempos, a través de diversas medidas de política económica y fiscal, se ha
buscado dar oxígeno a las PyMEs. Ejemplos de ello son el Consenso Fiscal, la adhesión
a la llamada “Ley PyME”, la implementación de la nueva factura de crédito electrónica,
etc.
Pero pareciera que la Comisión Arbitral, haciendo caso omiso de esta tendencia de
fomento para las pequeñas y medianas empresas, ha creado el Sistema de Recaudación
de Tarjetas de Crédito y de Compra (SIRTAC), que consiste en un sistema de recaudación
anticipada del impuesto sobre los ingresos brutos.
En el ámbito del SIRTAC, los sujetos que tributan el impuesto sobre los ingresos brutos
tendrán una retención sobre los importes de ventas que se realicen con tarjetas. En tal
sentido, quedarán alcanzadas las “liquidaciones o rendiciones periódicas
correspondientes a sistemas de pago mediante tarjetas de crédito, de compras y/o pagos,
tickets o vales alimentarios, de combustibles y/o cualquier clase de tickets o vales de
compras y/o similares, y recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones
correspondientes a sistemas de pago mediante concentradores y/o agrupadores de
pago”.
Este nuevo mecanismo de recaudación, para que resulte operativo, requiere que las
jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral, se adhieran expresamente mediante el
dictado de la normativa local.
Actualmente, todas las jurisdicciones tienen regímenes de recaudación que alcanzan a las
operaciones realizadas con tarjetas y, además, una gran cantidad de ellas también aplican
retenciones sobre las operaciones realizadas a través de sistemas “concentradores” de
pago.
Si bien en la realidad de los hechos el SIRTAC no es un nuevo régimen de recaudación
anticipada del impuesto sobre los ingresos brutos, se trata de una nueva modalidad que
sin duda tendrá un impacto negativo en la actividad de las PyMEs en general, y en las de
nuestro sector en particular, incrementando notoriamente la presión fiscal.
Es casi un hecho que incrementará los ya elevados costos de administración tributaria,
pudiendo originar importantes saldos a favor del contribuyente que, en la mayoría de los
casos, o bien no pueden recuperarse, o de hacerlo demandarían mucho tiempo y
esfuerzo, con el consiguiente impacto negativo no sólo a nivel económico sino también
financiero.
Un ejemplo claro de ello serían aquellas operaciones efectuadas mediante sistemas
“concentradores” de pago que luego son canceladas con tarjetas, lo cual generaría una
duplicación de la retención. Esta situación se vería luego agravada con la posterior
recaudación bancaria sobre la acreditación del saldo a cobrar por el comerciante.
Más aún, todo ello, pareciera atentar contra los esfuerzos que se viene haciendo en los
últimos tiempos para estimular el uso de medios de pago electrónicos. Recordemos que el
Gobierno Nacional en los últimos tiempos ha puesto especial énfasis en la importancia y
fomento de la transparencia bancaria.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto resulta evidente que la creación del SIRTAC
lejos de contribuir a paliar la situación de crisis que atraviesa la actividad en general, y en
particular las PyMEs, es una medida que solo agravaría la endeble situación.
Por los motivos anteriormente expuestos, FEHGRA solicita a los Gobernadores de las
distintas jurisdicciones que se abstengan de adherir a este nuevo sistema de recaudación.