Jorge Fernández, ex intendente de Lincoln y actual funcionario del Ministerio de Seguridad de la Nación fue condenado a la pena de seis años de prisión por haber sido considerado autor penalmente responsable de responsable “de la comisión de los delitos de Asociación Ilícita en carácter de miembro, en concurso real con defraudaciones a la administración pública en reiteradas oportunidades; éstas últimas en concurso ideal con uso de documento falso. Los hechos oportunamente investigados por el entonces fiscal, Dr. Javier Ochoaizpuro se produjeron entre los años 2009 y 2012 en la ciudad de Lincoln.
Además, el Tribunal resolvió dictar la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos e inhabilitación absoluta por el mismo término de la pena privativa de la libertad”. Respecto del condenado en primera instancia, el Tribunal Oral Criminal 1 consideró que “resultando Jorge Abel Fernández actual titular del Programa de Compactación y Destrucción de Vehículos «Pro.De.Co», se impone comunicar lo resuelto en el punto I de este decisorio, y sin perjuicio de la falta de firmeza, al Sr. Ministro de Seguridad de la Nación Dr. Aníbal D. Fernández. Ello a los fines que pudiera estimar corresponder”.
NO PODRÁ SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL
Otro de los alcances de la sentencia fue la de disponer que tanto Jorge Fernández como los otros integrantes de la asociación ilícita, Walter D. Fernández y Marcelo Prto no podrán dejar el territorio nacional “a excepción de que este Tribunal conceda previamente la autorización pertinente. Comuníquese a la Dirección Nacional de Migraciones, Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP) y a las fuerzas de seguridad pertinentes.-
Por lo demás, “cada uno de los nombrados deberá continuar cumpliendo el régimen excarcelatorio conforme les fuera acordado oportunamente, debiendo comparecer a futuras citaciones judiciales con motivo de este proceso, así como anoticiar a este órgano cualquier modificación de su lugar de residencia”.
WALTER FERNANDEZ Y MARCELO PORTO
Junto al ex intendente de Lincoln también fueron condenados Walter Daniel Fernández y Marcelo Porto, por habérselos encontrado responsables de la comisión de los delitos de Asociación Ilícita, Defraudaciones a la Administración Pública en reiteradas oportunidades, estas últimas en concurso ideal y Uso de Documento Falso. la pena impuesta en fallo unánime, fue la de cinco años de prisión para cada uno de ellos, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, inhabilitación absoluta por el mismo término de la pena privativa de la libertad
DELITOS ACREDITADOS
Del cúmulo de probanzas analizadas “quedó acreditado que esta organización ilícita estuvo enquistada en la administración pública municipal de Lincoln, bajo la apariencia del ejercicio legítimo del poder del Estado Municipal y ese accionar ilícito acreditado ha sido “peligroso” y efectivamente perjudicial para todos los habitantes del partido de Lincoln, en tanto ha afectado considerablemente el erario público local. Todo ello, en consonancia con el reclamo de las partes acusadoras, justifica la punición al amparo de la norma del art. 210 del C.P. También surge fehacientemente acreditado en el veredicto que antecede, que cada uno de los integrantes de la asociación ilícita que aquí resultan juzgados (Jorge Abel Fernández, Walter Fernández y Marcelo Porto) ha materializado diversos hechos de defraudación a la administración pública mediante el uso de documentación apócrifa, por tanto, estos hechos delictivos acreditados precedentemente concurren materialmente con el delito de asociación ilícita”.
Vinculado al delito de defraudación a la administración pública, que en concurrencia ideal con el uso de documento falso, “conforme quedó acreditado en el veredicto que antecede, los encausados Jorge Fernández, Walter Fernández y Marcelo Porto, actuando de manera organizada funcionalmente al menos con Silvia Mazaitis (condenada a la fecha) realizaron diversas acciones materiales mediante las cuales generaron procesos de adquisición de bienes y/o servicios falsos que culminaron con erogación fraudulenta de dinero del patrimonio de la Municipalidad de Lincoln, causando con ello un innegable perjuicio económico real y concreto al erario público. Palmario ha quedado demostrado que los aquí juzgados, por su condición de funcionarios públicos de alta jerarquía y responsabilidad en la administración de los fondos municipales tenían debido conocimiento de que el dinero erogado fraudulentamente pertenecía a la administración pública municipal”
Más aún, “Repárese que Jorge Fernández era el intendente Municipal elegido por mandato popular, Walter Fernández el contador municipal y Marcelo Porto, tesorero municipal; todos ellos a consecuencia de sus cargos revestían la condición de funcionarios públicos y estaban dotados del poder funcional de disponer de los fondos del municipio local y en ese contexto materializaron los hechos acreditados”.
Asimismo, “ha quedado acreditado que los encausados de autos, en los fraudulentos procesos de adquisición de bienes y/o servicios materializados que culminaron con ilegítimas erogaciones de dinero del patrimonio de la Municipalidad de Lincoln, hicieron uso de documentos falsos, tal es el caso de emisión de solicitudes de gastos, órdenes de compras, órdenes de pago, facturas, constancia de recepción, recibos de pago, endosos de cheques donde ha quedado acreditada la falsificación de las firmas insertas de los funcionarios municipales Luis Siri, Néstor de Mingo y Mario Ruiz, así como de los supuestos proveedores”.
Quedó “acreditado que los sujetos activos, en la materialización de las consumadas maniobras defraudatorias hicieron uso de varios instrumentos falsos, lo cual define la concurrencia de los elementos típicos contenidos en el tipo previsto en el art. 296 del Código Penal. En ese contexto, habiendo sido descartada la autoría en la falsificación de los documentos falsos, el uso y la consiguiente lesión a la fe pública la producen los imputados en el instante mismo en que presentaron las piezas falaces y ejecutaron las maniobras defraudatorias, con el consecuente perjuicio económico a la administración pública municipal, que ellos mismos integraban. Lo acreditado, traduce la existencia de una concurrencia ideal entre el delito de uso de documentos falsos y la defraudación cometida por los imputados en perjuicio de la administración pública municipal”.