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La historia detrás del prófugo de las dos tobilleras

El prófugo de las dos tobilleras electrónicas estaba a la espera de una sentencia por la causa en la que se encontraba imputado ya que el juicio se había desarrollado hace poco más de una semana en el fuero Correccional.

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Como fuera informado en Junin24, la tarde de ayer, M.H.A. se arrancó los dos dispositivos electrónicos que llevaba colocados en cada una de sus piernas y se dio a la fuga.

Desde entonces se intenta dar con su paradero.

Aunque no todo se cierra en cinco líneas.

Ocurre que el hombre, empleado municipal, de unos 50 años aproximadamente, se encontraba imputado por hechos de violencia de género.

Según lo determinado por la justicia, sobre MHA recaían las imputaciones de : “Lesiones agravadas, Desobediencia (2 hechos), Amenazas y desobediencia en concurso real,  dos hechos de desobediencia, amenazas, lesiones leves agravadas y desobediencia en concurso real” por los hechos ocurridos el 11 de marzo de 2023, 4 de abril del mismo año, 8 y 18 de abril del 2023, 9 de julio y 24 del mismo mes y año.

La víctima, su ex mujer, ayer por la tarde fue informada por personal policial respecto de la fuga del violento y debió ser trasladada a un refugio con dos de sus hijos menores de edad, para salvaguardarlos de posibles agresiones .

LA JUSTICIA

Pesa sobre el prófugo una condena a tres años cuyo vencimiento opera el 2 de julio del 2026.

Tras la fuga, se tomó una nueva resolución que señala que “atento al carácter de penado que ostenta MHA, habiendo cesado las circunstancias previstas por el art. 163 que determinaran la concesión del arresto domiciliario por parte de la instancia de origen y advirtiendo el quebrantamiento informado en la fecha por la Dirección de Monitoreo Electrónico del Servicio Penitenciario Bonaerense, corresponde dejar sin efecto dicha morigeración a la prisión preventiva, lo que así se resuelve”.

“”En consecuencia – continúa- ordénese la inmediata detención de M.H.A. y su alojamiento en una unidad carcelaria”.

Además, y a tales efectos, “líbrese oficio a la Comisaría correspondiente a su domicilio y hágase saber al titular de la misma, que el aludido deberá ser registrado en la presente causa como penado, a disposición de esta sede jurisdiccional”.

Asimismo, “requiérase el cupo correspondiente al Servicio Peniteciario Bonaerense a fin de disponer en el término de 3 días, el ingreso de A. en un establecimiento adecuado, debiéndose llevar a cabo las evaluaciones prescriptas por los arts. 27, 28, 93 y sgtes., de la Ley 12.256”.

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