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Por ley declaran a Junín y otros seis distritos como zonas de desastre y emergencia

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La Ley 27.355, que declara zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social por el término de 180 días en distintas regiones del país y autoriza al Ejecutivo Nacional a extenderla a otras áreas afectadas, entró en vigencia tras ser publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma faculta al PEN para extender la emergencia a otras zonas afectadas y establece que constituirá, en un plazo de treinta días, un fondo especial con aportes del Tesoro para hacer frente a las acciones de asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías afectadas, que serán distribuidos en coordinación con las provincias y los municipios afectados.

En lo que respecta a la provincia de Buenos Aires, los partidos beneficiados son Arrecifes, General Pueyrredón, General Villegas, Junín, Pergamino, Salliqueló y Salto.

La nueva ley dispone también que el PEN destinará fondos adicionales a la cobertura de planes sociales, en las zonas afectadas y mientras dure la emergencia, como también adoptará las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones de trabajo y empleo.

A través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), se instrumentarán regímenes especiales de pago que abarquen a los contribuyentes afectados y alcanzados por la presente ley, pudiendo contemplar a tal fin prórrogas de vencimientos, suspensión de juicios de ejecución fiscal y exención de los impuestos sobre los bienes personales y ganancia mínima presunta.

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