La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), mediante la Disposición 7210/2022 publicada el martes 13 de septiembre en el Boletín Oficial, prohibió el consumo de un aceite de oliva.
La investigación, según se informó, se inició raíz de una consulta de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) por una marca de aceite de oliva.
La marca en cuestión es la siguiente: “Aceite de Oliva Extra Virgen de primera prensada y extracción en frío, marca Olivares, Cont. neto: 500 ml, Lote: 082021, Vto: AGO 2023, Elaborado y Envasado por FINCA OLIVARES, pcia. de La Rioja, RNE: 13-000140-1 – RNPA : 025010259”.
Una vez finalizada la investigación, la ANMA dispuso: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto Aceite de Oliva Extra Virgen de primera prensada y extracción en frío, marca Olivares, Elaborado y Envasado por FINCA OLIVARES, pcia. de La Rioja, RNE 13-000140-1, RNPA 025010259, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal».