Senasa informa todas las medidas que se aplican para prevenir o controlar la anemia infecciosa equina (AIE)

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informa que todas las medidas que se aplican para prevenir o controlar la anemia infecciosa equina (AIE) se concentran en la detección de equinos portadores mediante el test diagnóstico de laboratorio y su posterior eliminación mediante sacrificio sanitario o envío a faena.

Es así que ante la denuncia de casos de equinos positivos al virus de la AIE, un veterinario oficial del Senasa se deberá presentar en el establecimiento y prohibir el ingreso y egreso de equinos; luego deberá sacrificar al animal positivo (ya que la enfermedad no tiene cura y se contagia entre equinos), para luego gestionar el saneamiento sanitario correspondiente.

Cabe destacar que la AIE no es una zoonosis, ya que no se transmite al ser humano; que frecuentemente el animal infectado no manifiesta estar enfermo; que no se transmite de manera directa entre equinos; y que un caballo sano se infecta por el ingreso del virus mediante tábanos o por el uso indebido de material contaminado con sangre infectada (agujas, jeringas, frenos, espolines o cualquier otro objeto que transmita sangre infectada).
Dado el intenso tránsito de equinos, debido a eventos comerciales y sociales como ferias, cabalgatas, peregrinaciones, exposiciones, festivales regionales, centros tradicionalistas, entre otros, las medidas de ingreso y egreso a estos predios festivos deben centrarse en exigir la libreta sanitaria del animal, junto con el diagnóstico y certificado negativo de AIE.

El asesoramiento técnico profesional privado y la aplicación responsable de las medidas, además del cumplimiento de las normas y las recomendaciones de competencia para el propietario del equino, son aspectos imprescindibles para que el proceso de control sanitario se desarrolle satisfactoriamente.
Es así que en el marco de la campaña de prevención de esta enfermedad “Tomemos las riendas”, el Senasa recomienda al propietario o tenedor de equinos que realice, al menos dos veces al año, la prueba de laboratorio por AIE y que no ingrese equinos a su establecimiento si no presenta un certificado de diagnóstico negativo de dicha enfermedad.

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