El gobierno de Alberto Fernández oficializó este martes una nueva convocatoria para inscribirse en el “Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos”, más conocido Becas Progresar, iniciativa diseñada durante la gestión de Cristina Kirchner para fomentar que los alumnos de la escuela secundaria finalicen sus estudios y los sigan en el nivel terciario o universitario.
Lo hizo por medio de la Resolución 2226/2022 del ministerio de Educación de la Nación publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma del titular de esa cartera, Jaime Perczyk.
La inscripción estará abierta hasta el próximo 31 de agosto para sus dos líneas de becas:
* Finalización de la Educación Obligatoria y Fomento de la Educación Superior;
* Becas para el Fomento de la Educación Superior en Enfermería
Las becas para los estudiantes que están cursando estudios en el nivel universitario o terciario el monto de la beca es hoy de 6.700 pesos. Mientras quienes estudian la carrera (universitaria o terciaria) de Enfermería los montos van desde los $6.700 hasta los 10.700 pesos.
Todo lo que hay que saber para inscribirse
* Las becas de “Progresar” constituyen un beneficio de carácter personal e intransferible del estudiante, y son incompatibles con otros beneficios de carácter similar con excepción de la Asignación Universal por Hijo y/o Asignación por Embarazo.
* Las becas de “Progresar” son anuales, por lo que los interesados deben inscribirse, o en su caso reinscribirse, durante la convocatoria que se establece para cada año.
* El programa está destinado a jóvenes argentinos nativos o naturalizados o extranjeros con residencia legal de al menos cinco años en el país y contar con Documento Nacional de Identidad (DNI).
* Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca, en el caso de alumnos ingresantes, entre 17 y 24 años de edad cumplidos y para el caso de alumnos avanzados en la carrera, hasta 30 años cumplidos.
* Los interesados que se postulen lo harán bajo las siguientes modalidades:
– Estudiantes ingresantes: son aquellos que no reportan actividad académica superior con anterioridad a su postulación.
– Estudiantes avanzados: son aquelloss que se postulan para la obtención del beneficio y que iniciaron sus estudios superiores con anterioridad al año en que se postulan.
* Podrán ser beneficiarios de las becas de “Progresar” los estudiantes que cumplan sine qua non con todos los requisitos y condiciones establecidos en el reglamento del programa, según la línea de beca a la que aspiren.
* Los grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional serán priorizados:
– Las personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental con hijos/as de menos de 18 años de edad, hasta 35 años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca.
– Las personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios.
– Las personas trans.
– Las personas con discapacidad.
– Las personas refugiadas.
* La suma de los ingresos del joven y los de su grupo familiar no debe ser superior a 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) a excepción de que los jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez.
* Ser egresado del nivel medio y no adeudar materias al momento de la inscripción;
* Ingresar a cursar o encontrarse cursando una carrera de grado o pregrado en instituciones públicas tales como Universidades Nacionales, Provinciales, Institutos Universitarios Nacionales. Están excluidos los Ciclos de Complementación Curricular ya sean Ciclos de Tecnicaturas, Licenciaturas o Profesorados.
* Cursar o ingresar a cursar sus estudios en Institutos de formación técnica y de formación docente de gestión estatal.
* La solicitud de la beca deberá efectuarse mediante el formulario de inscripción puesto a disposición en el sitio web del “Progresar” (progresar.educacion.gob.ar) o mediante la App Progresar.
* El aspirante podrá modificar sus datos solo hasta el momento en que se cierre y envíe el formulario de inscripción referido. Una vez enviado el aspirante se encontrará inscripto como solicitante, y en las condiciones declaradas.
* La información proporcionada en dichos formularios tiene carácter de declaración jurada y la falsedad de los datos vertidos en la misma tendrá como consecuencia la imposibilidad de otorgamiento de la beca, como así también lo hará pasible al alumno de la posible aplicación de sanciones administrativas.
* El pago será mensual. Para quienes se inscriban al “Progresar” en la primera convocatoria del año calendario (marzo-abril), y resulten adjudicados/as, no podrá superar las 12 cuotas mensuales a partir de la inscripción al programa y a la carrera respectiva según corresponda, para quienes sean adjudicados/as en la segunda convocatoria (agosto), en hasta 6 cuotas mensuales con idéntico criterio.
*El Ministerio de Educación de la Nación liquidará la beca, y su pago estará a cargo de la Administración Nacional de las Seguridad Social (ANSES).
* Para el caso de los becarioss ingresantes la proporción del pago será de un 80% del total de la beca desde la primera cuota, y el 20% retenido será abonado una vez realizada la certificación académica de avance en la carrera por parte de la Institución.
* Para el caso de los becarios avanzados, hayan o no sido becarios con anterioridad, se les abonará el 100% del monto desde la primera cuota.
* La falta de presentación de la documentación o el incumplimiento de alguna de las condiciones académicas mencionadas producirá la pérdida del derecho al cobro del 20% reservado.