Al tiempo que rechazó este jueves el pedido de detención de tres referentes de Revolución Federal formulado ayer por la querella que representa a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi consideró «apropiado» requerir informes sobre las actividades que Ximena de Tezanos Pinto -vecina del piso de arriba del departamento de la ex presidenta en Recoleta- realizaba en las redes sociales con los integrantes de esta agrupación de ultraderecha.
“En lo atinente a los pedidos de detención de Jonathan Morel, Gastón Guerra y Leonardo Sosa, cuya libertad ambulatoria ya ha sido decidida por la Cámara del fuero y sin que se advierta la modificación posterior de su comportamiento procesal en un sentido que altere los fundamentos del Superior, no ha lugar”, resolvió el magistrado, quien lleva adelante una causa por amenazas a Cristina.
Sin embargo, el juez le sugirió a la querella que representa a la vicepresidenta -a cargo de los abogados José Ubeira y Marcos Aldazábal- que le solicite esas detenciones a la jueza María Eugenia Capuchetti, quien tiene a su cargo la investigación por el intento de asesinato propiamente dicha. Lo hizo al referir e su resolución: «sin perjuicio de que la parte querellante formule la petición que estime pertinente en el marco de la causa nro.2998/2022 en base a los hechos que allí se ventilan».
De igual modo, el rechazo de Martínez de Giorgi «alcanza a los informes realizados por la PSA sobre los celulares de Brenda Uliarte, Hernán Carrol y Martín Almeida en ese proceso, habida cuenta que la querella reviste calidad de parte en aquellas actuaciones y tiene acceso a los elementos cuya incorporación peticiona», en alusión otra vez a la causa del atentado a Cristina.
Allanamiento a la vecina, también denegado
En tanto, en lo que hace al allanamiento solicitado sobre el domicilio de Ximena de Tezanos Pinto a efectos de secuestrar su teléfono celular, Martínez de Giorgi dio a entender su negativa al señalar que «se considera apropiado requerir, en su lugar, los informes pertinentes a través de las redes sociales en las cuales la nombrada interactuaba para que se remita el abonado de telefonía celular al cual se encontraba asociado y cumplido ello, se informe la totalidad de la actividad de la nombrada entre la primera publicación de Revolución Federal y la actualidad».
Agregó posteriormente: «pudiendo resultar de interés y entendiendo que existen motivos suficientes, solicítese a Twitter y a Instagram que se informe las cuentas vinculadas a la nombrada -debiendo indicar el número telefónico asociado- y al abonado +549-11-3451-3122 (según surge del informe de PSA del teléfono del imputado Guerra), como así también se remitan las publicaciones y mensajes directos enviados y recibidos desde dichas cuentas desde el mes de abril hasta la actualidad».
En el mismo sentido, el juez solicitó «a la PSA la realización de un informe sobre las publicaciones relativas al ofrecimiento de espacios de su domicilio en alquiler».