La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) paga en julio $23.064 en cumplimiento de un subsidio mensual que se otorga a través del Régimen de Reparación Económica para Niñas, Niños y Adolescentes (RENNYA). El beneficio está regido por la norma 27.452, más conocida como «Ley Brisa», y tiene como destinatarios a los hijos de víctimas de violencia de género o intrafamiliar.
El organismo previsional tiene el servicio online «Mi ANSES», que se puede utilizar desde el sitio anses.gov.ar. Mediante esa plataforma digital se pueden efectuar consultas al respecto.
Dado que el monto final del RENNYA se encuentra atado a la jubilación mínima, sus beneficiarios reciben desde junio el aumento del 12,12% que aplica a todos los titulares de prestaciones de ANSES para el trimestre que terminará en agosto.
¿Cuál es el origen de la «Ley Brisa»?
La norma 27.452 fue sancionada a raíz de una iniciativa de la ONG «La Casa del Encuentro», que abogó por la creación de esta ayuda económica luego de que el femicidio de Diana Barrionuevo (24) por parte de su ex pareja en 2014 dejara a sus tres hijos a cargo de sus tíos, quienes ya tenían tres niños propios. Esta ley es conocida como Brisa por el nombre de la hija más pequeña de la víctima.
La ONG tomó el emblemático caso para reclamar al Congreso de la Nación una herramienta de contención que brindara un apoyo económico a los hijos de víctimas de violencia de género o intrafamiliar hasta cumplir la mayoría de edad: 21 años.
¿Con qué prestaciones de ANSES es compatible este beneficio?
Se puede cobrar al mismo tiempo que la Asignación Universal por Hijo (AUH), una Asignación Familiar, pensiones y la Tarjeta Alimentar. No así con otro beneficio por el mismo hecho, ya sea nacional, provincial o municipal. En ese caso, se deberá optar por uno de los dos.
¿A quiénes les corresponde este subsidio?
A menores en los siguientes casos:
- El padre, madre o progenitor afín (pareja de padre o madre) haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género, siendo ésta determinada por la autoridad judicial.
- La persona victimaria haya sido procesada y condenada con sentencia firme.
- Se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por el hecho.
¿Cuáles son los requisitos para acceder?
- Ser menor de 21 años (o sin límite de edad para los hijos con discapacidad al momento en que se produce el hecho).
- Ser argentino o ser residente de forma ininterrumpida por un mínimo de dos años.
- El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino.
¿Cómo realizar el trámite?
Se puede realizar la gestión por correo electrónico a infanciasygeneros@anses.gov.ar.
También se pueden hacer consultas al respecto a través de «Mi ANSES» haciendo click acá.