El Gobierno promulgó la ley que habilita el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados y deja en manos del Estado el monopolio del cultivo y la elaboración del producto que se utilice para los tratamientos. La norma, que había sido aprobada por unanimidad en el Senado en marzo pasado, no contempla el autocultivo.
El decreto 266/2017 fue publicado hoy en el Boletín Oficial, con las firmas de Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña , y del ministro de Salud, Jorge Lemus .
La norma crea el régimen que impulsa la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta y sus derivados, pero deja a cargo del Estado el cultivo y la producción.
Establece que el Ministerio de Salud de la Nación estará a cargo el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis. La cartera que conduce Jorge Lemus deberá garantizar el suministro de los insumos necesarios a aquellos pacientes que lo requieran.
La ley, que obtuvo el apoyo de los bloques legislativos, contempla también la autorización para que tanto el Conicet y el INTA puedan cultivar cannabis para la investigación médica y/o científica, además de impulsar la producción a través de laboratorios públicos.
Además, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) «permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados, cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente», provisión que será «gratuita» para quienes se encuentren incorporados a esa iniciativa.
La ley fue impulsada por diferentes organizaciones que defienden la utilización del cannabis para el tratamiento de diferentes patologías sobre las que, aseguran, genera un mejor efecto que los medicamentos tradicionales.