El gobierno impulsa una regulación del trabajo en aplicaciones informáticas de reparto de mercaderías mediante una normativa específica para los trabajadores de las plataformas digitales, para quienes se promoverá la creación de un estatuto nuevo por fuera de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) con mecanismos propios de definición de la jornada laboral, cobertura de salud, seguros e indemnización.
La iniciativa está centrada en ampliar la cobertura para los repartidores que prestan servicios para PedidosYa, Glovo, Rappi y UberEats, aunque evitará nominarlos como trabajadores en relación de dependencia, según adelanta el periodista Mariano Martín en Ámbito Financiero.
El estatuto fue desarrollado por un grupo de abogados laboralistas del ministerio de Trabajo y será entregado esta semana a los gremios que aspiran a representar a los trabajadores y los directivos de las compañías, para luego ser enviado al Congreso para su tratamiento. Este rubro será equiparado a otras actividades regidas por fuera de Ley de Contrato de Trabajo como son: el del peón agrario, personal doméstico y el de la construcción.
La crítica hacia este tipo de convenios de trabajo por fuera de LCT es que representa una perforación de base de derechos laborales que regula la ley. Los defensores de esta nueva instrumentación alegan la falta de regulación favorece la informalidad, o sea “peor es nada”.
La nueva legislación específica para estas aplicaciones se caracteriza por la laxitud de horarios a cargo del propio asalariado, la posibilidad de emplearse con más de una aplicación al mismo tiempo y también deberá contemplar la discontinuidad laboral que consagra la simple operación de deslogueo y logueo propia de un dispositivo digital.
Si bien la cobertura que tendrán los trabajadores de las app será menor a los que están bajo relación de dependencia por la LCT, al menos contarán con un plan de salud durante la labor y frente a un posible despido. Además, las empresas no podrán cobrarles a los repartidores por el uso de la aplicación