Flexibilizan los requisitos de acceso al Crédito a Tasa Cero 2021 para monotributistas

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El Ministerio de Desarrollo Productivo flexibilizó los requisitos para acceder al programa Crédito a Tasa Cero 2021, para que una mayor cantidad de monotributistas pueda convertirse en beneficiarios, a través de la resolución 626/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma determinó que “atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios”.

El Ministerio de Desarrollo Productivo flexibilizó los requisitos para acceder al programa Crédito a Tasa Cero 2021, para que una mayor cantidad de monotributistas pueda convertirse en beneficiarios, a través de la resolución 626/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma determinó que “atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios”.

Así se dejó sin efecto el requisito establecido en los casos de solicitantes que registran factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, quienes podían acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre de 2021, se verificaba que su facturación no era superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

También se eliminó la condición para aquellos que no registran factura electrónica, quienes podían acceder cuando ese mismo promedio –que surgía de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios- era inferior al 80% de la suma que resultaba de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

En ambos casos, para los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A, se tomaba como límite la suma de $ 20.800.

Por otra parte, se suprimió también el impedimento que regía sobre los sujetos que prestaban servicios al sector público nacional, provincial o municipal.

En tanto se incorporó como nuevo requisito que no serán elegibles los solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al 30 de junio de este año.

Cómo se tramita el crédito a tasa 0%

El trámite se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal y clickear en la solapa “Crédito Tasa Cero”.

Al ingresar al servicio las personas podrán ver el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría y deberán seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.

Una vez efectuados esos pasos, cada monotributista deberá contactar a la entidad bancaria seleccionada en un plazo no menor a las 24 horas. Algunos bancos tienen aceitados los mecanismos para otorgar los créditos en forma virtual y otros requieren que el monotributista se presente en una sucursal.

Dónde se acreditan los fondos

Los fondos se acreditarán en una tarjeta de crédito en un solo desembolso. Quienes no posean tarjeta de crédito deberán seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación.

El año pasado se emitieron más de 249.000 tarjetas a monotributistas que solicitaron los créditos a tasa cero.

En cuántas cuotas se podrán pagar

Los beneficiarios contarán con un período de gracia de 6 meses desde el desembolso antes de empezar a pagar. El repago se realizará en 12 cuotas sin intereses. Las cuotas serán consecutivas e idénticas.

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