La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y de Ganancias a las operaciones con billeteras electrónicas, como Mercado Pago o Todo Pago.
El objetivo, aseguraron, es poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito.
Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito. Esos montos son similares a las establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.
De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado.
Quedarán exentas de esta medida las microempresas registradas ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las «Potenciales Micro Empresas» en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria, indicó la AFIP en un comunicado.
Estos cambios se incluyen en las Resoluciones Generales 4621 y 4622 publicadas este miércoles en el Boletín Oficial. La modificación se aplicará a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre.