La Anmat prohibió un ají molido y un pimentón extradulce

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El organismo comunicó en el Boletín Oficial que el ají molido (Lote: 181120, fecha de vto.: NOV 20, RNPA N° 02-598292) y el pimentón extra dulce (Lote: 180919, fecha de vto.: consumir preferentemente antes de SET 20, RNPA N° 02-598274) en cuestión son «alimentos adulterados».

Según la resolución presentan elementos histológicos de ají y de soja: el ají molido tiene amiloplastos de trigo y maíz y el pimentón extra dulce, amiloplastos de arroz y de maíz.

Los productos infringen el artículo 1200 del Código Alimentario, que refiere a los condimentos vegetales y dice: «Deben ser genuinas, sanas y responder a sus características normales, y estar exentas de sustancias extrañas y de partes de la planta de origen que no posean cualidades de condimentos (tallos, pecíolos, etc). Las especias pueden expenderse enteras o molidas. Las especias que se tengan en depósito, exhiban, circulen o expendan en mal estado de conservación o atacadas por insectos o con olor a moho serán decomisadas en el acto, como asimismo las que han sido elaboradas en malas o deficientes condiciones de higiene».

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