Oficializan la suspensión de despidos por 60 días y habilitan reducción salarial

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La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 475/2020.

El Gobierno nacional prorrogó por otros 60 días la prohibición que rige para las empresas de efectuar despidos sin justa causa, o bajo el pretexto de fuerza mayor, en el marco de la pandemia de coronavirus. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 475/2020.

“En el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días”, informó la Casa Rosada en un comunicado.

Si bien los despidos y las suspensiones están prohibidos, el decreto N° 329/20 dejó abierta la posibilidad de aplicar el artículo 223 de la LCT que permite que, “por fuerza mayor” o “disminución de trabajo”, se acuerden de manera individual o colectiva suspensiones a cambio de una retribución no remunerativa inferior a las remuneraciones vigentes.

La prohibición implica que en caso de despido se debe ir a juicio y el resultado será la reinstalación y el pago de salarios durante el tiempo que no se cobró. En el caso de los no registrados, la situación judicial es más difícil porque tendrán que demostrar el vínculo laboral.

Esto extiende a todos los trabajadores la situación de protección contra despidos que tienen delegados sindicales o la imposibilidad de despedir por razones de discriminación.

A su vez, la UIA y la CGT habían solicitado al Gobierno que homologara en forma automática y abreviada los acuerdos sindicales empresarios con un piso salarial del 75% o un porcentual mayor “dando por cumplimentados los requisitos establecidos en el art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo”. La Resolución 397 de Trabajo oficializó ese pedido.

Se estima que gremios con más de un millón de trabajadores están comprendidos en esos acuerdos con reducción salarial de gremios muy diversos, como gastronómicos, empleados de comercio, metalúrgicos o petroleros.

Según el Informe del Ministerio de Trabajo, en abril, “la tasa de suspensiones, que se calcula como proporción del total del empleo del mes anterior, se ubicó en el 7,5% cada 100 trabajadores, mostrando el nivel más alto de la serie. A nivel de empresa también se registra un valor elevado, ascienden al 14% las empresas que aplicaron suspensiones, más que duplicando los valores históricos”.

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