El municipio trabaja para que productores locales tengan presencia en los grandes supermercados

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Con ese objetivo, se llevó a cabo una reunión virtual entre representantes de las áreas municipales de Desarrollo Económico y Defensa del Consumidor, encargados de los supermercados Chango Más y La Anónima; y empresas y productores locales. Se busca establecer un acta de compromiso y protocolos.

Al respecto, Alejandra Tomassone, de la Dirección de Defensa y Promoción de los derechos de los Consumidores y Usuarios, contó: «Hemos mantenido una reunión de modalidad virtual, en el marco de la Ley de Góndolas, conjuntamente con la Secretaría de Desarrollo Económico de Junín, la Subsecretaría de Producción y representantes de los supermercados Chango Más y La Anónima, empresas Pymes y productores juninenses».

«El fin de este trabajo es establecer un acta de compromiso y protocolos para permitir el ingreso de productores juninenses a las góndolas de los grandes supermercados, garantizando la libre competencia comercial. Por otro lado, esto facilitará el acceso de los consumidores y usuarios a productos de calidad a menores costos, logrando así un doble beneficio: principalmente para los consumidores, como así también, para las empresas juninenses imponiéndose en el mercado como «Producción Bonaerense», agregó Tomassone, quien para terminar adelantó que «el próximo 4 de agosto, realizaremos una nueva reunión para poder seguir avanzando».

Por su parte, Mariano Gentilucci, del área de emprendedores de la subsecretaría de Producción del Municipio, detalló:  «Desde nuestro lugar, hicimos un relevamiento de más de 30 empresas de Junín que tienen ganas de ser proveedores de supermercados, en el marco de la Ley de Góndolas. Omic fue quien nos encomendó este trabajo para luego mantener una reunión con gerentes de dos supermercados, a quienes les informamos del relevamiento y el interés de las empresas locales en poder comercializar sus productos en dichas firmas».

«También les solicitamos todos los requisitos que deben cumplir las empresas para poder convertirse en proveedores de los supermercados y, de esa manera, hacer cumplir esta ley, denominada de Góndolas», agregó. Luego de recibir toda la información, Gentilucci dijo que «nos reuniremos con los representantes de las empresas locales y productores para que evalúen esta posibilidad».

Ley de Góndolas

Se trata de una norma que tiene tres objetivos centrales: que los precios de los productos sean claros y transparentes para los consumidores; que los consumidores puedan acceder a más productos regionales o artesanales de las micro, pequeñas y medianas empresas y a más productos de agricultura familiar, campesina e indígena, de la economía popular y de cooperativas y mutuales; y que haya armonía y equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, para evitar prácticas comerciales que perjudiquen la competencia.

La ley se aplica a los productos alimenticios, las bebidas, los productos de higiene personal y de limpieza del hogar.

¿Cómo deben estar exhibidos los productos en la góndola?

Los productos de un proveedor o grupo empresario no pueden ocupar más del 30% de la góndola.

En la góndola de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber productos de 5 proveedores diferentes, como mínimo.

El 25% de los productos deben ser de las Pymes, cooperativas o mutuales y el 5% de los productos deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.

Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los productos.

En la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.

¿Deben estar destacados los productos de menor precio?

Sí. Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y destacados con una banda colocada de manera perpendicular a la góndola que diga: “MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545”. Aquí podés conocer la lista de productos que deben cumplir esta regla de exhibición.

Para cumplir con esta obligación, los productos de igual categoría deben estar agrupados de manera vertical, de modo que los de menor precio queden a la misma distancia de los extremos de la góndola y en el estante medio.

Los productos de menor precio son los que tienen el precio de lista más bajo para todos los consumidores de manera constante. Para considerar que un producto es el de menor precio de su categoría no se toman en cuenta las ofertas, descuentos temporales o rebajas por compra con algún medio específico de pago o por ser miembro de comunidades de clientes.

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