Este jueves, en la Sala del Tribunal en lo Criminal n° 1 del departamento judicial Junín, se dio lectura por secretaría a la sentencia dictada con fecha 27/2/2020, por el Juez integrante de dicho órgano, doctor Esteban Melilli, en el marco de la causa JN -1172-2019.
En su tramo dispositivo la misma expresa: «…I) Declarar formalmente admisible la tramitación de la presente causa por el procedimiento abreviado. Arts. 395 y sgtes. del CPP.
II) Condenar a Cristian Emiliano Petricio, argentino, nacido en la localidad de Merlo (B), el 06/04/83, ……. y con último domicilio en… Junín (B), a la pena de 11 años de prisión, inhabilitación absoluta por igual término y costas, en virtud de resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves calificadas por habr sido cometidas por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género en concurso real, por hechos ocurridos el día 04/11/2018, en la ciudad de Junín (B). (Arts. 5, 12, 29 inc. 3º, 119 tercer párrafo, 89, 92, 80 inc. 11 y 55 del Código Penal, y 395 y sgtes. del Código de Procedimiento Penal)…»
Asimismo, se dio lectura, y fue consentida por las partes, adquiriendo firmeza, la sentencia de unificación de pena, dictada por el mencionado magistrado en los siguientes términos: «…1- Condenar a Cristian Emiliano Petricio, … a la pena única de once años y dos meses de prisión, inhabilitación absoluta por el mismo término y costas, comprensiva de la pena de once años de prisión, inhabilitación absoluta por el mismo término y costas, impuesta en el presente proceso -N° JN-1172-2019-, por sentencia dictada el día de la fecha -27/02/2020-, por habérselo tenido como autor penalmente responsable de la comisión de los delitos de Abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves agravadas por violencia de género en concurso real, por hechos ocurridos el día 04/11/2018 en esta ciudad de Junín; y de la que le fuera impuesta por sentencia dictada el 04/05/2018, por el Juzgado Correccional N° 1 Dptal., en causa n° JN-211-2018, por medio de la cual fuera condenado a la pena de dos meses de prisión, en suspenso, por el delito de defraudación, por hechos ocurridos en esta ciudad de Junín (B), el 27/04/2016; cuya condicionalidad se revoca en este acto.- -Arts. 27, 55, 58 y ccdtes. del Código Penal, y art. 18 del Código de Procedimiento Penal…»
Acto seguido se notificó el cómputo de pena practicado, quedando ordenada la intervención del Juzgado de Ejecución Penal departamental.