Entró en vigencia en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires la prohibición de venta y uso de pirotecnia con alto impacto sonoro, así como también los globos aerostáticos, habitualmente utilizados como fuegos artificiales. Así quedó establecido a través de la Ley 15.406, según la cual se prohíbe en la provincia de Buenos Aires «la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y cohetería de uso recreativo con alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza. Y también los globos aerostáticos de pirotecnia».
Esta iniciativa había sido aprobada en diciembre último, a pedido de las asociaciones de familiares de niños con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y de agrupaciones defensoras de animales. La normativa consta de 17 artículos y tiene como objetivo «proteger la salud, el bienestar de la población y el ambiente». Además, el impdiemento de comprar pirotecnia de alto impacto rige para el sector público «en los eventos y espectáculos que organice».
En tanto, se estableció que el monto de la pena para quienes incumplan con esta ley será el equivalente a una suma de entre cinco y 50 veces el sueldo de un agente se seguridad de la policía de la Provincia. Y si el infractor es un menor de edad, la multa la abonará uno de sus padres o quien esté cargo en ese momento. Como contrapartida, quedaron excluidos de esta normativa los artefactos pirotécnicos de «uso práctico», que se utilizan habitualmente en actividades rurales, meteorología y minería, como así también en sistemas de seguridad, detección de incendios o para señales de auxilio.