La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió, en todo el territorio nacional, la comercialización de productos médicos, un cosmético de higiene personal, una miel, una serie de alimentos libres de gluten y un suplemento dietario.
Las medidas fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial. En cuanto a la «Miel pura, marca La Luciana», cuya descripción es RNE 07-00403, RNPA 07-004822, de El Bolsón, Río Negro, la administración prohibió su uso y comercialización, ya que «no cumple la normativa alimentaria vigente». Según la disposición 4114/2019, el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut informó que «el producto no corresponde con los registros otorgados por esa Autoridad Sanitaria Jurisdiccional para dicha marca, declarando que se elabora en otra Jurisdicción».
De acuerdo a la disposición 4110/2019, la administración prohibió el uso, comercialización y distribución de todos los lotes de los productos rotulados como: «Alphabolic Pharmaceutical. Oxymetolone«, «Anabolic Pharma. Tamoxifeno«. Así lo estableció, luego del secuestro de los medicamentos en el marco de la Causa N° 2907/19, caratulada «Claver Alejandro Ariel s/ averiguación de delito«, hasta que se realicen las pericias pertinentes para establecer su autenticidad.
Se detectaron irregularidades respecto a los medicamentos y la Dirección de Gestión de Información Técnica, de esta Administración Nacional, informó que «no constan registros de habilitación de las firmas «ANABOLIC PHARMA» y «ALPHABOLIC PHARMACEUTICAL».
El organismo también prohibió preventivamente, en la disposición 4112/2019, la comercialización y el uso del producto rotulado como «Higiene y Confort, unos paños jabonosos descartables, hipoalergénicos, con extracto de manzanilla, de industria Argentina, con fecha de vencimiento 25/04/2021». Se tomó la determinación «al no encontrar antecedentes de inscripción que respondan a ese producto» ante la Anmat.