La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de venta y comercialización de un postre helado tricolor, marca Great Value.
A través de la disposición 1413/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la comercialización de este helado, cuya venta principal en Buenos Aires es en los supermercados Wall Mart, por estar contaminado por la bacteria Listeria monocytógenes, que puede causar la muerte.
La medida rige para el Lote QL T1 L consumir preferentemente antes del 09/10/2021 M 09:46:52. Elaborado por RNE N° 02-030528. Est. Inscripto SENASA N° B1-04075.
Un lote de helado de chocolate, vainilla y frutilla fue retirado de circulación por orden de ANMAT
«Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto Crema Helada sabor frutilla, vainilla y de chocolate, Postre Helado tricolor Marca Great Value por estar contaminado«, dice en el Boletín Oficial la publicación de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) que agrega: «instando para que en un plazo de 48hs remita los datos de contacto, cantidad del producto fraccionado y distribuido en el mercado, detalle de distribución, en el caso de que se haya exportado su destino y la estrategia de retiro».
La Dirección de Auditoria Agroalimentaria del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires realizó una inspección en las instalaciones de la planta elaboradora del producto investigado, donde constata que «en algunos sectores falta limpieza y algunas líneas de producción carecen de la suficiente protección para evitar contaminación».
Además, en el informe de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicado en el Boletín Oficial se agrega que «en toda la planta se observa presencia de moscas, en una de las líneas se recomienda mejorar la condensación de agua, se observa que algunos sectores no son aptos para las tareas que realizan«.
«Comuníquese a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda», cierra la norma.