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AUH en alerta: el trámite que muchos padres desconocen y podría afectar el cobro del beneficio

La ANSES mantiene habilitado un trámite clave para modificar quién recibe la Asignación Universal por Hijo (AUH) cuando el menor está bajo el cuidado de otra persona. Qué requisitos piden y cómo realizarlo.

Economía

Para dar respuesta a estos casos, el organismo previsional mantiene vigente durante junio de 2026 un mecanismo que permite modificar la titularidad de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de otras asignaciones familiares. El objetivo es garantizar que los fondos lleguen a las personas que efectivamente se encargan de la crianza, el acompañamiento y el bienestar diario de los menores.

La herramienta resulta clave para evitar demoras en los pagos, conflictos administrativos o incluso la suspensión de prestaciones cuando la información familiar registrada no refleja la realidad del grupo conviviente.

El trámite que permite actualizar quién cobra la AUH

ANSES dispone de un procedimiento específico para aquellos casos en los que los progenitores no ejercen el cuidado cotidiano de los hijos. A través de este sistema, otro familiar o referente afectivo puede acreditar que tiene a cargo al menor y solicitar que la asignación sea depositada a su nombre.

Esta alternativa fue desarrollada junto con el Ministerio de Capital Humano y se implementa mediante la denominada Adenda 63, una herramienta diseñada para evaluar situaciones familiares particulares y adecuar el cobro de las prestaciones a la realidad de cada hogar.

De esta manera, el organismo busca asegurar que los recursos destinados a la protección social sean percibidos por quienes efectivamente afrontan los gastos de alimentación, educación, salud y cuidado diario de los niños.

El nuevo canal apunta a erradicar la violencia institucional en las oficinas de ANSES. Foto: Anses.

El nuevo canal apunta a erradicar la violencia institucional en las oficinas de ANSES. Foto: Anses.

Quiénes pueden solicitar el cambio de titularidad

El trámite está dirigido a personas que tienen bajo su responsabilidad el cuidado de un menor, aunque no sean sus padres biológicos o no cuenten con una resolución judicial que establezca la guarda.

Entre quienes pueden iniciar la gestión se encuentran:

  • Abuelos.
  • Tíos.
  • Hermanos mayores de edad.
  • Tutores.
  • Referentes afectivos.
  • Personas que acrediten el cuidado permanente del niño o adolescente.

Cada caso es evaluado de manera individual para determinar quién cumple efectivamente el rol de cuidador principal.

Cómo funciona la Adenda 63

Cuando no existe una sentencia judicial o documentación legal que determine la guarda del menor, ANSES puede intervenir mediante la Adenda 63.

A través de este procedimiento, profesionales y equipos técnicos especializados realizan entrevistas, verificaciones e informes sociales para analizar la situación familiar y confirmar quién es la persona responsable de la crianza.

El objetivo es evitar que las asignaciones continúen siendo cobradas por personas que ya no tienen a cargo al menor y garantizar que la asistencia económica llegue a quien realmente la necesita para sostener sus cuidados.

Una vez concluida la evaluación, el organismo determina si corresponde modificar la titularidad de la prestación.

Qué documentación se necesita

Las personas interesadas en realizar el trámite deberán solicitar un turno previo y concurrir a una oficina de ANSES con la documentación correspondiente.

Entre los principales requisitos se encuentran:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.
  • DNI del menor.
  • Partida de nacimiento del niño o adolescente.
  • Documentación complementaria que permita acreditar la convivencia o el cuidado efectivo del menor.

Dependiendo de cada situación particular, ANSES puede requerir información adicional para completar la evaluación.

Por qué es importante actualizar los datos

Mantener actualizada la información familiar ante ANSES es fundamental para evitar inconvenientes en la liquidación de las prestaciones.

Cuando los registros no reflejan correctamente quién tiene a cargo a un menor, pueden producirse demoras en los pagos, observaciones administrativas o dificultades para acceder a determinados beneficios complementarios.

Además, contar con la titularidad correcta permite que la persona responsable de la crianza pueda gestionar otros trámites vinculados con la seguridad social, la salud y la educación de los menores.

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