Por Héctor Azil , Presidente de la Comisión de Seguimiento de la Tasa Complementaria de Seguridad (2004-2009)
En enero de 1994, la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes de Junín, sanciona la
Ordenanza N° 3237, mediante la cual se crea una Tasa Complementaria de Seguridad, a fin de solventar los gastos derivados de la implementación del Convenio de Cooperación Institucional a suscribirse entre la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín.
La misma ordenanza establecía que el control de la cuenta especial destinada a recaudar la tasa quedaba a cargo a una comisión “ad hoc” conformada por un representante del ejecutivo, un concejal de cada bloque y representantes de foros de seguridad e instituciones de la comunidad, que con ordenanzas posteriores se fueron ampliando y modificando.
Dicha comisión recién comenzó a funcionar a partir del año 2002, cuando se dictó la Ordenanza N° 4293 que la crea, conforma y establece su misión específica: controlar los ingresos y egreso de los fondos provenientes de la Tasa Complementaria de Seguridad, supervisar reparaciones, compras y bajas de bienes y/u objetos, ser órgano vinculante de consulta para la adquisición de bienes y erogaciones cuyos montos superen los establecidos en el reglamento interno y controlar el inventario, entre otras atribuciones.
Desde ese momento la Comisión de Seguimiento y Control de los Fondos Provenientes de la Tasa Complementaria de Seguridad funcionó hasta hace algunos años en que quedó disuelta.
Vale la pena ahora, que se votó un incremento del 100% en dicha tasa, y en la que se estima recaudar $ 78 millones durante el 2020, destacar el carácter de “complementario” de la misma. Siempre el compromiso y la obligación con respecto a la seguridad en nuestro municipio estuvo y estará a cargo del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y los gastos a erogarse deben ajustarse estrictamente a lo que establece el Convenio de Cooperación suscripto oportunamente y los posteriores protocolos complementarios que eventualmente se hayan firmado. Todo destino no establecido en ellos es ilegal y debe ser detectado y/o penado tanto por el HCD de Junín como por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Un monto de $ 6.5 millones por mes es enorme para la afectación que tiene. Cuesta entender (y si quieren hagan el cálculo con los valores actuales de combustible, resmas de papel, reparaciones de vehículos, etc.; no alcanzan los números para abarcarlos) que lo establecido en el Convenio signifique semejante erogación; y en honor a la transparencia de los actos de gobierno y la responsabilidad del Honorable Concejo Deliberante, sería saludable que el mismo ejerza el control correspondiente o arbitre los medios necesarios para constituir nuevamente la Comisión que ejerció el control durante años con mandato delegado del deliberativo local.
Los contribuyentes merecemos y tenemos el derecho de conocer el destino de nuestros pagos, máxime de una Tasa que tiene afectación específica y destino reglamentado