Las personas físicas que compran dólar oficial no podrán operar divisas financieras por los noventa días subsiguientes.
Volvió el cepo: la medida del Gobierno sobre los compradores de dólar oficial
El Banco Central restableció este viernes una restricción en el mercado de cambios que impone un plazo de 90 días en los que los compradores de dólar oficial no pueden operar con contado con liquidación o MEP y viceversa. El cepo del Gobierno que encabeza Javier Milei está dirigido a frenar maniobras de arbitraje ante la incipiente brecha cambiaria que se había formado entre los diversos mercados donde se transa la divisa.
La autoridad monetaria publicó este viernes la Comunicación “A” 8336 que modifica las normas cambiarias. La restricción que introdujo el directorio de la entidad que conduce Santiago Bausili no es desconocida para los operadores y ahorristas locales ya que supo estar vigente durante los últimos episodio de controles de cambio.
Los operadores del mercado la conocen como “restricción cruzada”, y lo que hace es impedir a las personas que compran dólares en el mercado oficial volcar esas divisas en las plazas financieras del dólar MEP y el dólar contado con liquidación durante 90 días. La norma empieza a regir hoy mismo.
¿Cuál es la razón y qué provoca la medida?
El Banco Central necesita acumular reservas para defender el tipo de cambio, que a lo largo de la semana se consiguió estabilizar por debajo del techo de las bandas, y a la vez se necesitan dólares en las arcas oficiales para cumplir con los próximos vencimientos de deuda.
Con esta restricción para impedir por 90 días operaciones cruzadas entre dólar ahorro y el MEP, la autoridad monetaria pone una barrera para que los dólares de las reservas drenen para alimentar los negocios con los dólares financieros, algo que hasta ahora se podía efectuar de manera irrestricta para ganar la brecha de precios entre un dólar minorista que hoy está casi 5 por ciento más barato que los bursátiles.
La restricción se aplica también a la inversa: quienes compran MEP quedarán inhabilitados para recurrir al mercado cambiario oficial por tres meses. Este impedimento ya pesaba para personas jurídicas, empresas, pero ahora se aplica también a las personas humanas.
























