Derogación de la Ley de Alquileres: cuándo entra se hará efectiva y qué significa

Javier Milei confirmó la derogación de la Ley de Alquileres, ésta misma fue sancionada por el Congreso en 2020.

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La derogación de la Ley de Alquileres mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei marca un nuevo episodio que genera incertidumbre entre propietarios e inquilinos. Según los argumentos de campaña de Milei, se aboga por la libertad entre las partes, incluyendo la posibilidad de acordar la moneda en la que se celebrará el contrato.

El presidente afirmó que la derogación busca que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que el proceso de alquiler no sea una odisea.

La entrada en vigencia de la derogación se establece con la publicación del DNU completo, que consta de más de 80 páginas en el Boletín Oficial. A partir de hoy, 21 de diciembre, los contratos de alquiler de vivienda regresarán a los términos establecidos bajo el Código Civil y Comercial, como se hacía antes de junio de 2020, con algunas modificaciones detalladas en el DNU.

Para el inquilino, la derogación implica el retorno a las condiciones anteriores a la Ley de Alquileres de 2020. El DNU, que consta de 366 artículos, deroga la Ley N° 27.551, conocida como «Ley de Alquileres», promulgada en junio de 2020 y modificada en octubre de 2023.

Anteriormente, el proyecto modificado por el Senado proponía mantener los tres años de vigencia de los contratos y establecer la indexación semestral a través del índice Casa Propia, utilizado para los créditos del plan Procrear y que se sitúa por debajo de la inflación.

Con la derogación, el escenario retrocede al que existía antes de la Ley de Alquileres de 2020. El Código Civil y Comercial de la Nación, en ese momento, estipulaba contratos de 2 años en moneda nacional, con el ajuste pactado por las partes, ya sea trimestral, cuatrimestral o semestral.

En cuanto al ajuste del valor del inmueble, mientras la ley derogada imponía la indexación semestral a través del índice Casa Propia, el nuevo panorama establece que las partes acordarán el ajuste de los alquileres, debiendo negociar este aspecto.

En cuanto a los plazos de locación, el DNU establece que el plazo será el que acuerden las partes. En caso de no establecerse un plazo, se regirá por los usos y costumbres del lugar para locaciones temporales, mientras que para viviendas permanentes será de dos años y para otros destinos será de tres años.

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